La magistrada presidenta del Poder Judicial, Tania Gisela Contreras López, informó que la rotación de jueces hacia distritos distintos a los que fueron electos es una medida legal y constitucional. Esta movilidad, recientemente respaldada por la Sala Superior, responde a una "necesidad del servicio" para garantizar la independencia judicial y equilibrar las cargas de trabajo en la entidad.
Contreras López aclaró que, aunque la ley permite estos movimientos para optimizar el sistema de justicia, ningún juzgador ha sido removido de forma definitiva sin causa. No obstante, el Tribunal de Disciplina procedió con la separación de una titular de juzgado y otros servidores públicos que no cumplían con las condiciones necesarias para su función, procesos que siguen bajo revisión administrativa.
Ajustes operativos en el Poder Judicial
Como parte de una estrategia para mejorar la eficiencia del servicio, se han implementado los siguientes ajustes:
- Rotaciones estratégicas: Entre 8 y 9 juzgadores fueron reasignados a distritos diferentes a su origen.
- Extinción de juzgados: Tras la desaparición de 7 juzgados, el personal fue reubicado para cubrir vacantes y necesidades en otras áreas operativas.
- Estabilidad laboral: El personal adscrito a los juzgados extintos mantiene su empleo mediante reasignaciones directas.
Rumbo al próximo proceso electoral
La magistrada presidenta recordó que restan ocho años para el siguiente proceso de elección del Poder Judicial en el estado. En este contexto, las rotaciones se presentan como herramientas clave para asegurar la autonomía de los órganos jurisdiccionales y la operatividad constante del sistema de justicia.
“La Sala Superior ya determinó que esto es constitucional y legal para garantizar la independencia del juzgado”, puntualizó la funcionaria, subrayando que estos movimientos están debidamente consignados en la legislación vigente.